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LA LEGISLACIÓN VIGENTE SOBRE ELECTRO POLUCIÓN EN ESPAÑA NO PROTEGE ADECUADAMENTE LA SALUD DE LOS CIUDADANOS, PRUEBA DE ELLOS ES QUE LA LEGISLACIÓN ESTA OBSOLETA.


Afirmar que vivir cerca de una línea de Alta Tensión no significa ningún riesgo para la salud y a continuación aconsejar no exponerse a los campos electromagnéticos (CEM), es falso y contradictorio. La contaminación electromagnética en los límites en que se padece en España sería ilegal y totalmente inadmisible en países como Suiza. La legislación española sobre riesgo eléctrico sigue la Norma UNE-ENV 50166-1, que tolera unos límites de exposición enormes, hasta 100 µT para público en general y hasta 500 µT para trabajadores, una norma basada en los estándares del Consejo de la Unión Europea (IRPA-CENELEC), niveles de referencia que no son aceptados por países modernos como Suecia, Suiza e Italia. Sin embargo, esta norma nos sería de aplicación en este caso ya que sólo contempla efectos a corto plazo, cuando lo que se ha de considerar es obviamente la exposición a largo plazo, laboral o residencial, de la población.

Por otro lado la investigación oficial basada en modelos teóricos obsoletos, considera únicamente el "efecto térmico", y sin embargo múltiples investigadores en Bioelectromagnetismo encuentran "efectos no térmicos" (carcinogénesis, alteración ADN, efectos teratógenos, etc.), con dosis mil veces menores que las legales en España.
Los expertos en bioelectromagnetismo sitúan el nivel de riesgo biológico, para exposición permanente, en 200-300 nanoteslas (2-3 miligauss), de campo magnético de baja frecuencia (50 Hz). En 1992, el estudio del Instituto Karolinska, de Estocolmo, encuentra riesgo significativo con exposiciones de 300-400 nT (3-4 mG), en un estudio a largo plazo sobre 500.000 personas que viven cerca de líneas de Alta Tensión.
Diversos países siguiendo el modelo sueco, aplican el principio de precaución y señalan el límite máximo de 2,5 mG (0,25 µT), para exposición permanente de las personas al campo electromagnético, dado que a partir de este nivel las investigaciones en Física Médica observan potenciales efectos neurológicos, inmunitarios, y cancerígenos a largo plazo, un nivel por otra parte que se reduce cada año, en tanto progresa la investigación en Bioelectromagnetismo.
Este es el nivel de referencia adoptado por la norma SWEDAC que regula la exposición a 50 cm de una pantalla de visualización. Según diversos estudios científicos (H. Ramón y Cajal) a partir de 0,1 microTeslas (µT) ya existe riesgo biológico, especialmente para los fetos, con potenciales efectos teratógenos (abortivos). Como se ha publicado desde 1992 (Feychiting et Ahlbom), la exposición a un campo magnético de 3 mG (0,3 µT), puede incrementar el riesgo de patologías degenerativas (leucemia infantil y cáncer de cerebro), más del 250%, y a partir de 3 mG (0,3 µT) el riesgo aumenta más del 450%.
Hoy por hoy no se aplican distancias de seguridad, por eso hay que tener en cuenta informes como el Karolinska, que consideran que el pasillo de seguridad de una línea de Alta Tensión debe ser, al menos, de un metro por cada KV, o sea que con un tendido eléctrico de 110 KV, deberá excluirse la presencia humana en una franja de 110 m a cada lado de la línea de Alta Tensión, y en una de 440 kV, será de 440 m a ambos lados del eje.
La creación de pasillos de seguridad para las líneas eléctricas ha sido reclamada por el Defensor del Pueblo y es norma de la Fiscalía de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid. Esta enorme franja de terreno deberá expropiarse, y acotarse con vallado, lo que implica un importante desembolso económico para las compañías eléctricas, que ahora se limitan a comprar o arrendar el cuadradito de 8x8 m donde se asienta cada torre eléctrica.
Leer más (Coordinadora Ecoloxista d'Asturies)<

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